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¿Existe el “precio justo”?

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Ha habido muchas discusiones sobre el precio justo y la usura, temas muy de moda en la época medieval. En 2014 es completamente anacrónico hablar de esto, pero una vez más, al Ejecutivo Nacional le gusta hacernos vivir en la época del oscurantismo.

Ya casi entrando en febrero muchos comercios no se recuperan de las medidas tomadas en diciembre del año pasado, varios siguen sin mercancía y otros tantos han tenido que bajar la santamaría. Esto al parecer no ha sido suficiente para el ejecutivo, ya que con la nueva Ley de Costos y Precios Justos que fue publicada en Gaceta Oficial el viernes de la semana pasada, se da una estocada enorme a las PYME’s y a los sobrevivientes del sector comercio.

Esta nueva ley suprime a la SUNDECOP y el INDEPABIS, para crear una nueva Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), la cual tiene las atribuciones de las otras dos instituciones. Al igual que lo que ocurrió con CADIVI y el Centro Nacional de Comercio Exterior, se pretende con un cambio de nomenclatura, arreglar los problemas estructurales de las instituciones.

“La consolidación del orden económico socialista” es lo que establece el artículo 3 de esta ley y prosigue con artículos como el 7, que contempla que el Ejecutivo Nacional puede expropiar, ocupar temporalmente e incautar de los bienes cuando se hayan cometido ilícitos económicos (entiéndase por ilícitos económicos: la  especulación,  el  acaparamiento,  la  usura,  la  cartelización  y  otros  delitos conexos). Otro aspecto importante aparece en el artículo 32, donde se establece el margen de ganancia máximo que será establecido anualmente, siendo en el mejor de los casos 30%, ya que la SUNDDE podrá determinar márgenes por sector. Lo cual resulta insuficiente para aquellas empresas que tengan una baja rotación de inventario o para las empresas de servicio.

Además, para el caso de acaparamiento y las personas que vendan bienes o presten servicios a un precio superior al que establece la SUNDDE, las sanciones que estable la ley incluyen prisión de ocho a diez años, expropiación y una multa que va desde 1.000UT (107.000Bs.) a 50.000UT (5.350.000Bs.). Y en el caso de las personas que compren bienes de primera necesidad para la reventa a un precio superior, se les decomisará la mercancía y serán sancionados con multas entre 200UT (21.400Bs.) y 10.000UT (1.070.000Bs).

Las pocas puertas abiertas que le quedaron a los empresarios luego de la implementación de la LOTTT, las cierra esta nueva ley.

María Victoria Sánchez

 @vickysanz